- Ningún integrante del grupo familiar puede tener un medidor de gas a su nombre.
- Tener actualizados los datos personales y del grupo familiar (padre/madre-hijo/tenencia y cónyuge/conviviente) en ANSES.
- Se considerarán los ingresos del grupo familiar y se tomará aquel de mayor ingreso, el cual no debe superar 2 salarios mínimos, vitales y móviles.
- Si en la vivienda reside una persona con certificado de discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente, el mayor ingreso de los habitantes del domicilio no debe superar 3 salarios mínimos, vitales y móviles.
- Si la vivienda se encuentra en La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego o Carmen de Patagones, el mayor ingreso de los habitantes del domicilio no debe superar 2,8 salarios mínimos, o hasta 4,2 salarios mínimos si en el hogar reside una persona con certificado de discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
Al cobro básico, puede sumarse un adicional: durante los meses de invierno, si en la vivienda habitan más de 5 personas, y si vivís en Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén, La Pampa, Carmen de Patagones, La Puna y Malargüe, podés solicitar garrafas adicionales.
* Laura Kalerguiz es periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.
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